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¿Pensando en volver? Todo lo que necesitas saber sobre el retorno a Colombia




La ley 1565 de 2012 o Ley Retorno

Mientras algunos sueñan con emigrar para buscar oportunidades laborales o vivir nuevas experiencias, hay muchos de los 4.7 millones de colombianos en el exterior que anhelan volver a su tierra; pero al igual que dejar el país de origen y adaptarse a una nueva cultura, volver después de haber pasado una larga temporada en el extranjero también es un proceso difícil que requiere orientación.


Con este objetivo se creó la Ley 1565 de 2012, que busca brindar un acompañamiento integral a los colombianos migrantes que desean regresar de manera voluntaria, y además les ofrece una serie de incentivos aduaneros, tributarios y financieros para hacer más fácil el


3 PASOS PARA PONER EN MARCHA EL RETORNO A COLOMBIA

Lo primero que debes hacer si estás interesado en acogerte a esta ley es verificar que cumplas con todos los requisitos: ser mayor de edad, acreditar que se ha permanecido en el extranjero por lo menos 3 años, no tener condenas vigentes en Colombia o en el exterior, ni haber sido condenado por delitos contra la administración pública, y no llevar más de 12 meses residiendo en el territorio nacional después de haber retornado.


El segundo paso es manifestar tu deseo de retornar al país acogiéndote a la Ley 1565, diligenciando el Registro Único de Retornados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, entidad encargada de consultar y recopilar la información para que la Comisión Intersectorial para el Retorno –CIR- verifique el cumplimiento de los requisitos y decida si serás acreditado o no como beneficiario de la ley.


El tercer paso en tu proceso de retorno a Colombia es esperar un correo electrónico con la notificación en la cual se adjunta el certificado que te acredita como beneficiario de la Ley 1565 de 2012, y con las cual podrás solicitar ante las entidades competentes el acceso a los incentivos y el acompañamiento para el tipo de retorno respectivo.


¿Cómo puedo ser beneficiario de la Ley Retorno?


1. Ser mayores de edad.

2. Acreditar una permanencia en el exterior de por lo menos tres (3) años.

3. No tener condenas vigentes en Colombia o en el exterior y que no hayan sido condenados por delitos contra la administración pública.

4. No tener más de doce (12) meses residiendo en el territorio nacional después de haber retornado.

5. Manifestar a la autoridad competente el interés de retornar al país acogiéndose a la ley 1565 de 2012.

Colombia Nos Une del Ministerio de Relaciones Exteriores

#alo-mudanzasycargo

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